La Subsecretaría de Producción Agrícola, es la institución rectora de proteger, conservar, coordinar y controlar el manejo y uso de los recursos fitogenéticos para la alimentación, la agricultura y los sistemas de producción de semilla certificada, con la finalidad de fomentar el abastecimiento y diversidad de semillas de calidad a nivel nacional; así como el incentivo de los modelos de agricultura sostenible y sustentable a nivel nacional, promulgada mediante Acuerdo Ministerial 093, de fecha 09 de julio del 2018.
Considerando las atribuciones de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable “LOASFAS”, expedido mediante Registro Oficial Nº10 de fecha 8 de junio del 2017, y su reglamento emitido mediante tercer suplemento del Registro Oficial Nº 194, del 30 de abril del 2020 del cual en su parte pertinente dispone:
Artículo 44.- Registro de cultivares: “La Autoridad Agraria Nacional emitirá registros provisionales y definitivos de cultivares, según la siguiente categorización por cultivos: (…) “2. Registro de cultivares de ciclo largo, se refiere a los cultivares que en primera instancia obtendrán registro provisional, presentando los requisitos establecidos con excepción del informe de resultados de los ensayos de validación de cultivares.
El plazo de vigencia del registro provisional será igual al tiempo que requiera el ensayo de validación de cultivares, el cual será establecido por el INIAP en el protocolo respectivo. Mientras esté vigente el registro provisional, la Autoridad Agraria Nacional establecerá la cantidad máxima de semilla a importar anualmente con fines de sustentabilidad del interesado, previo análisis del informe técnico presentado por el interesado y recomendación del Comité Técnico de Semillas.
En este sentido, me permito informar que mediante resolución de la sesión ordinaria del 05 de octubre de 2023, del Comité Técnico de Semillas, que ha partir de mencionada fecha, los interesados en acceder a la autorización de la cantidad máxima de semilla a importar anualmente de cultivares con registro provisional, deberán adjuntar a la solicitud, el informe técnico justificando la cantidad solicitada a importar.
Para mayor información contactarse con la Ing. Gloria Vivar, mediante correo electrónico gvivar@mag.gob.ec