CONVOCATORIA A ELECCIONES – CONSEJO CONSULTIVO DE LA CADENA APÍCOLA 2025
Fecha límite de inscripciones hasta el 26 de marzo del 2025
Artículo 61 numeral 2 derecho de las y los ecuatorianos: “Participar en los asuntos de interés público”;
Artículo 96 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce: “(…) todas las formas de organización de la sociedad como expresión de la soberanía popular, para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, así como de las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos (…)”;
Artículo 80 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, determina: “Los consejos consultivos son mecanismos de asesoramiento compuestos por ciudadanas o ciudadanos, o por organizaciones civiles que se constituyen en espacios y organismos de consulta. Las autoridades o las instancias mixtas o paritarias podrán convocar en cualquier momento a dichos consejos. Su función es meramente consultiva”.
Reglamento General de los Consejos Consultivos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, contenido en el Título XXIV, libro IV del Texto Unificado de Legislación Secundaria, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 3609, publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 1 de 20 de marzo del 2003, determina el funcionamiento y competencia de los consejos consultivos, los mismos que se establecen como espacios de diálogo e instrumento de concertación y de acuerdos entre sector público y privado, para identificar y alcanzar los fines estratégicos de las diferentes cadenas agroproductivas; y, se establece:
Artículo 1.- “Constituirse en un ámbito de concertación entre el sector público y privado, para identificar y alcanzar los fines estratégicos de las cadenas agroproductivas”.
Artículo 2.- “Asesorar al Ministerio de Agricultura y Ganadería en la formulación de estrategias y políticas que fortalezcan la competitividad del sector agropecuario”; Artículo 3.- “Analizar y generar alternativas para el desarrollo de las cadenas, en la producción y productividad; sanidad agropecuaria y calidad, investigación y transferencia de tecnología, comercialización, crédito, negociaciones internacionales, y demás factores de la competitividad”.
Artículo 8.- “Los consejos consultivos solo quedarán conformados mediante acuerdos ministeriales, que deberán renovarse en el mes de febrero de cada año”.
Acuerdo Ministerial Nro. 019 del Ministerio de Agricultura y Ganadería, ARTÍCULO 3.- El Consejo Consultivo de la Cadena Apícola estará integrado por:
“(…) Tres representantes de los productores, asociaciones y/u organizaciones de productores de apis melífera;
Tres representantes de los productores, asociaciones y/u organizaciones de productores de abejas nativas;
Tres representantes de los procesadores industriales de semielaborados y productos finales de productos apícolas;
Tres representantes de las empresas de comercialización interna y/o externa de productos apícolas; y,
Tres representantes de los proveedores de insumos e innovación tecnológica de productos apícolas”.
Por ende, se requiere a los interesados en participar en el Consejo Consultivo de la Cadena Apícola 2025, entregar los siguientes documentos habilitantes para su participación:
REQUISITOS:
ACTORES | REQUISITOS |
La representación de los productores, asociaciones y/u organizaciones de productores de apis melífera | Apicultor individual Registro en AGROCALIDAD (Resolución 0283)Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular. Apicultores asociados Copia de la cédula de identidad del representante legal de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas.Acta de constitución de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Reglamento de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Nombramiento del representante legal de la asociación y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular.Registro en AGROCALIDAD (Resolución 0283) de los socios |
La representación de los productores, asociaciones y/u organizaciones de productores de abejas nativas | Apicultor individual Registro en AGROCALIDAD (Resolución 0283)Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular. Apicultores asociados Copia de la cédula de identidad del representante legal de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas.Acta de constitución de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Reglamento de las asociaciones y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Nombramiento del representante legal de la asociación y/u organizaciones de productores apícolas, legalmente constituidas.Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular.Registro en AGROCALIDAD (Resolución 0283) de los socios |
La representación de los procesadores industriales de semielaborados y productos finales | Copia de la cédula de identidad del representante legal de los procesadores industriales de semielaborados y productos finales de productos apícolas.Acta de constitución de los procesadores industriales de semielaborados y productos finales de productos apícolas, legalmente constituida o RUC.Nombramiento del representante legal de los procesadores industriales de semielaborados y productos finales de productos apícolas, legalmente constituidas.Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular. |
La representación de las empresas de comercialización interna y/o externa | Copia de la cédula de identidad del representante legal de las empresas de comercialización interna y/o externa de productos apícolas.Acta de constitución de las empresas de comercialización interna y/o externa, legalmente constituidas, o RUC.Nombramiento del representante legal de las empresas de comercialización interna y/o externa, legalmente constituidas.Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular. |
La representación de los proveedores de insumos e innovación tecnológica | Copia de la cédula de identidad del representante legal de los proveedores de insumos e innovación tecnológica de productos apícolas.Acta de constitución de las empresas de los proveedores de insumos e innovación tecnológica de productos apícolas, legalmente constituidas o RUC.Nombramiento del representante legal de los proveedores de insumos e innovación tecnológica de productos apícolas, legalmente constituidas.Datos de contacto: correo electrónico, número de teléfono convencional, número de teléfono celular. |
Los documentos habilitantes, deben ser enviados mediante link o de forma física:
1. Link: https://encuesta.mag.gob.ec:9443/index.php/594415?lang=es-MX
2. De forma física: Ventanilla Única del MAG (Ministerio de Agricultura y Ganadería), ubicada en Av. Eloy Alfaro N30-350 y Av. Amazonas.
Para dudas o inquietudes al respecto comunicarse con María Flor Guzmán, analista de la cadena apícola, correo electrónico: mguzmanb@mag.gob.ec, Telf. 3960100 ext. 1117.
Nota: Una vez cumplido con los requisitos, se procederá a comunicar a los participantes, para las elecciones que se desarrollarán el día 03 de abril de 2025. En caso de requerir apoyo en el Registro en AGROCALIDAD (Resolución 0283), ponerse en contacto a través de los siguientes canales de comunicación: Hugo Rosero: hugo.rosero@agrocalidad.gob.ec y Karen Carrera: karen.carrera@agrocalidad.gob.ec