MAG invita a productores a legalizar sus predios rurales y territorios ancestrales

Napo, 26 de junio de 2024.- Aproximadamente 10.000 hectáreas de predios rurales y territorios ancestrales faltan por adjudicar a sus legítimos propietarios, en la provincia de Napo, por lo que el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de la Dirección Distrital, invita a los productores a acercarse a las oficinas de la entidad para proceder con el trámite respectivo.

Los ciudadanos pueden acudir a las oficinas del MAG en Tena, ubicadas en la Av. Simón Bolívar y Amazonas, en el horario de 08:00 a 17:00. Allí, los residentes en Napo, que viven en zonas rurales o tienen propiedades, pueden solicitar la legalización de sus terrenos.

Durante el actual Gobierno, en Napo se han otorgado 56 escrituras para legalizar un área de 417 hectáreas. En el país, la actual administración ha entregado 8.735 títulos, beneficiando a más de 34.900 personas productoras, y legalizando 16.283 hectáreas. 

Entre los requisitos principales para obtener las escrituras los ciudadanos deben tener al menos cinco años de posesión, no tener conflictos con vecinos, cumplir con la función social y ambiental de la tierra, y presentar una declaración juramentada para iniciar los trámites correspondientes.

Jeiner Paucay, productor de la parroquia Ahuano, del cantón Tena, quien estuvo más de 10 años como posesionario, narró que “he estado viviendo con incertidumbre y la preocupación de no tener un título de propiedad que respaldara mi estancia en esta tierra; ahora puedo decir con orgullo que soy legalmente dueño de mi predio”.

Dentro del artículo 31 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, se establece que “…el derecho a la propiedad de la misma que deberá cumplir la función social y la función ambiental”. 

Además, en su artículo 32 de menciona que: “La Autoridad Agraria Nacional será el ministerio del ramo, instancia rectora, coordinadora y reguladora de las políticas públicas en materia de tierras rurales…” y establece en su literales: i) y j) respectivamente que dentro de sus competencias está el adjudicar tierras rurales de propiedad estatal y las privadas que han sido expropiadas y; las tierras y territorios en posesión ancestral de comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatoriano y montubios.