MAG supervisa la venta de semillas y cultivares en Napo
Napo, 09 de julio de 2024.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS), el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) realiza operativos en casas comerciales de los cinco cantones de la provincia de Napo.
Durante estos operativos, se ha puesto énfasis en la supervisión del adecuado almacenamiento de semillas y en la verificación de su calidad para su venta a los productores agrícolas. Asimismo, se han visitado viveros para garantizar que el material vegetativo provenga de operadores comerciales debidamente registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Estas acciones tienen como objetivo principal promover una agricultura sustentable y preservar la diversidad biológica en la región, asegurando que las semillas y materiales vegetativos utilizados en la producción agrícola cumplan con los estándares de calidad y procedencia establecidos por la normativa vigente.
Luis Freire, comerciante del cantón Carlos Julio Arosemena Tola, expresó su respaldo a los operativos de control realizados por el MAG. Freire destacó que el éxito de su negocio está estrechamente vinculado al bienestar y éxito de los agricultores. Según él, estas medidas proporcionan las garantías necesarias para asegurar la calidad y eficiencia en el proceso de producción agrícola.
«Actualmente, están registrados 25 operadores», manifestó José Valarezo, inspector de semillas y cultivares en Napo.
Valarezo aseguró que, como inspectores de semillas, están facultados por la ley para decomisar semillas y material vegetativo de los locales que no cumplan con la normativa legal vigente.
Entre los requisitos principales para la comercialización de plantas y semillas se incluyen: contar con un RUC, presentar un listado detallado de las plantas o semillas a comercializar, dirigir una solicitud formal a la Autoridad Distrital del MAG y realizar un pago único de 50 dólares en BanEcuador por la tasa de registro. Los operadores comerciales deberán renovar cada tres años su registro.